Nombre:
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Jorge Alberto Allec Maciel
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Universidad:
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Universidad Virtual del Estado
de Guanajuato
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Fecha de elaboración:
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12 de Enero de 2017
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Nombre del Módulo:
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Democracia y políticas públicas
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Nombre de la Evidencia de Aprendizaje:
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Definición de la democracia y los
diferentes elementos que le componen.
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Nombre del asesor:
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Edgar Yesid
Sierra Soler
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Introducción
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Es importante hablar sobre democracia ya que para que un país se
maneje de manera correcta debe de haber una buena democracia, la democracia
como su definición lo dice es el gobierno del pueblo.
La investigación sobre la democracia y sus tipos sirve de mucha ayuda permite
tener una visión más clara de que en un país democrático la voluntad del
pueblo es la que se debe de tomar, todo se basa en una toma de decisiones.
Si se conoce lo que es democracia permite conocer el sistema político
que se tiene y asimismo influye en las condiciones materiales y la existencia
de sus habitantes.
La democracia como bien se sabe es una de las características más
importantes que se debe seguir para que un país viva en armonía total en
donde todos tengan participación y puedan ser parte de la toma de decisiones,
que el poder no esté en manos de una sola persona, sino que al contrario esté
en manos de todos.
Un país democrático es un país en donde se vive con igualdad.
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Desarrollo
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Veamos primero algunas
definiciones de democracia y los aspectos relevantes que tiene para
diferentes autores que corresponden a diferentes épocas históricas y
nacionalidades.
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La Democracia es el poder del pueblo que
existirá mientras sus ideales y valores vivan. Dice Giovanni Sartori 1987.
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Según el inglés James Bryce, la Democracia es
el estado de sociedad donde hay igualdad.
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Para el filósofo Norberto Bobbio 1994, la
democracia es el conjunto de reglas procesales de las que la principal, pero
no la única, es la regla de la mayoría.
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De acuerdo con Antonio Delhumeau 1970,
Profesor de Ciencias Políticas y Sociales de la UNAM, la democracia es la
técnica de organización social que parte de la libertad, respeto y unidad de
los individuos para poder organizarse de forma en que todos participen y
aporten sus opiniones para un bien común en un ambiente donde haya cultura
política y conciencia.
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Para Baruch Spinoza 2002, la democracia es la forma política más
justa; se presenta como el sistema donde las leyes son más racionales, prima
el bienestar de la comunidad y el individuo goza de libertad.
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Rousseau 2002 tiene el convencimiento de que es posible establecer un
sistema político que haga posible la convivencia pacífica de libertad e
igualdad. Con el pacto social se busca una situación en la que todos los
hombres se unan y se obedezcan a sí mismos, de manera que todos sean iguales
y libres a la vez. Los pensamientos de Spinoza y Rousseau sólo tienen cabida
en la democracia.
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La visión de la democracia en Tocqueville 2002 sobrepasa lo político
para convertirse en una defensa de la libertad y la igualdad. Podemos decir
que los principios necesarios para cualquier democracia son orden, limitación
de poderes, libertad y respeto a la ley.
Revisemos ahora
diferentes conceptos de democracia que se han acuñado a lo largo de la
historia.
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Democracia liberal es un
tipo genérico de Estado surgido de la Independencia
de Estados Unidos de 1776 y luego más o menos generalizado en las repúblicas y monarquías
constitucionales que emergieron de los procesos de emancipación o
revolucionarios contra las grandes
monarquías absolutas y establecieron
sistemas de gobierno en los que la población puede votar y ser votada, al
mismo tiempo que el derecho
de propiedad es preservado
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La democracia
como sistema de relaciones horizontales. El término
Democracia también se utiliza ampliamente no solo para designar una forma de
organización política, sino una forma de convivencia y organización social,
con relaciones más igualitarias entre sus miembros. En este sentido es
habitual el uso del término democratización, como por ejemplo la
democratización de las relaciones familiares, de las relaciones laborales, de
la empresa, de la universidad, de la escuela, de la cultura, etc., tales
ejercicios están orientados básicamente al ámbito de la participación
ciudadana, cuyos principales mecanismos utilizados para tales efectos son
elecciones a través de voto popular, asambleas, propuestas de proyectos y
todos aquellos en que se canaliza la voluntad de cambios o aprobaciones con
participación directa de los distintos grupos sociales.
Las monarquías constitucionales varían bastante de país a
país. En el Reino Unido las normas constitucionales actuales
le conceden ciertos poderes formales al rey y los nobles (designación del
Primer Ministro, designación de gobernantes en las dependencias de la Corona,
veto suspensivo, tribunal de última instancia, etc.), además de los poderes
informales derivados de sus posiciones.
Existe una tendencia general a la reducción progresiva del
poder de los reyes y nobles en las monarquías constitucionales que se ha ido
acentuando desde el siglo XX. Si bien, por tratarse de monarquías, en estos
países existe una notable desigualdad ante la ley y de hecho de los reyes y
demás nobles frente al resto de la población, la severa restricción de sus
facultades de gobierno y judiciales ha llevado a que su participación en la
mayoría de los actos de gobierno sea excepcional y sumamente controlada por
otros poderes del Estado. Ello ha dado origen al expresivo dicho popular de
que los reyes «reinan pero no gobiernan» para referirse a la débil influencia
legal que los reyes y eventualmente los nobles tienen en los actos de
gobierno cotidianos.
En el Reino de
España el Rey promulga las leyes, convoca y
disuelve las Cortes Generales,
convoca referéndum, propone y
cesa al Presidente, ejerce el derecho de gracia (indulto y conmutación de
penas), declara la guerra, hace la paz, etc. En el ejercicio de todas sus
funciones, el Rey actúa como mediador, árbitro o moderador, pero sin asumir
la responsabilidad de sus actos que han de ser refrendados por el poder
ejecutivo o legislativo, lo que lo convierte en una figura representativa del
estado pero sin poder político. El rey también goza de inviolabilidad y al
igual que otros muchos jefes de estado republicanos, no puede ser juzgado por
crimen alguno.
Los opositores a las monarquías constitucionales sostienen que
no son democráticas, y que un sistema de gobierno en la que los ciudadanos no
son todos iguales ante la ley, a la vez que no se puede elegir al Jefe de
Estado y otros funcionarios estatales, no puede denominarse democracia, si bien en España
la monarquía no es constitucional sino parlamentaria.
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Democracia
soviética Modelo de representatividad basado en la
experiencia de la Comuna de París y en la
superación en el grado de representatividad de la Democracia liberal. Esta
Democracia directa parte desde los puestos de trabajo cotidiano, donde se
eligen representantes en cada fábrica, taller, granja u oficina, con mandato
revocable en cualquier momento. Estos delegados se constituyen en una
Asamblea local (soviets) y luego mandaban su representante a la Asamblea Nacional
de Delegados Del Pueblo.
Se le niega el voto y el poder político, al 10% de la
población que abarca a empresarios, banqueros y terratenientes, que ya poseen
el poder económico. Por eso se dice que es Democracia obrera o Dictadura del
Proletariado, ya que se aplica el poder político contra el poder económico
instituido.
Este nuevo Estado debe ser instaurado por la insurrección de las
masas, guiadas por un partido único o frente pluripartidista si fuese
posible, con una línea partidaria que apunte a barrer con las instituciones
del Estado burgués y la legalidad que asegura el poder económico de la
minoría. La élite revolucionaria consciente tiene el objetivo de instruir a
la sociedad en las formas de auto gobernarse, insta a elegir sus delegados en
los puestos de trabajo, comités de fábricas, granjas y talleres, mediante el
cual se aprenderá a administrar la economía, transformándose en una
ciudadanía cotidiana y un poder permanente.
Se discute sobre la viabilidad de la eliminación de las
condiciones de la existencia burguesa, supuesto para el paso de la sociedad
enajenada a la comunista. Esto significa que a medida que se avance en la
socialización del poder político y del poder económico se producirá la
«extinción del Estado» pasando a ser solo una estructura administrativa bajo
control de todos los ciudadanos. Este «no Estado» es el considerado como la
etapa final del socialismo: el comunismo.
Democracia en el socialismo
Los países con sistemas políticos inspirados en el comunismo
marxista conocidos como socialismo real como Cuba poseen sistemas de gobierno que suelen utilizar la
denominación de «democracias populares. Las llamadas democracias populares se
caracterizan por estar organizadas sobre la base de un sistema de partido político único o hegemónico, íntimamente vinculado al Estado, en el que según
sus promotores puede participar toda la población y dentro del cual debe organizarse
la representación de las diferentes posiciones políticas, o al menos de la
mayor parte de las mismas. Por otra parte en las llamadas democracias
populares actuales la libertad de expresión y de prensa está restringidas y controladas por el Estado.
Según sus defensores, la democracia popular es el único tipo
de democracia en la cual se puede garantizar la igualdad económica, social y
cultural de los ciudadanos, ya que los poderes económicos privados no pueden
influir en el sistema de representación.
Algunos marxistas opinan también que las actuales democracias
populares no son verdaderas democracias socialistas y que constituyen una
deformación de los principios originales del marxismo. En el caso concreto de China, sostienen que ha
desarrollado una economía orientada al capitalismo, pero se vale de su título de “República
Democrática Popular” para poder contar con mano de obra barata, mediante la
explotación de los trabajadores chinos, hasta niveles de vida calificados
como infrahumanos, tal como pasa en muchas democracias capitalistas.
Democracia y derechos humanos
Por derechos humanos y de los ciudadanos se entiende el conjunto de derechos
civiles, políticos y sociales que están en la base de la democracia moderna.
Estos alcanzan su plena afirmación en el siglo XX.
Derechos civiles: libertad individual, de expresión, de ideología y
religión, derecho a la propiedad, de cerrar contratos y a la justicia.
Afirmados en el siglo XVIII.
Derechos políticos: derecho a la participación en el proceso político
como miembro de un cuerpo al que se le otorga autoridad política. Afirmados
en el siglo XIX.
Derechos sociales: libertad
sindical y derecho a un
bienestar económico mínimo y a una vida digna, según los estándares
prevalentes en la sociedad en cada momento histórico. Afirmados en el siglo
XX.
También se ha distinguido entre derechos humanos de primera
(políticos y civiles), segunda (sociolaborales), tercera (socioambientales) y
cuarta generación (participativos).
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Conclusión
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Investigar sobre
democracia y sus tipos permite conocer el concepto más preciso del sistema
político que se maneja en el país y asimismo conocer como es la democracia en
otros países, y que tipo de democracia se maneja, para que un país camine de
manera correcta tiene que tener una buena democracia, la democracia está
basada en justicia en donde todos los ciudadanos tienen los mismo derecho a
llegar al poder y decidir sobre la vida de sus país.
Asimismo la permite
saber cómo es que casa autor define a la democracia según su concepción y de
esta manera vincularla con la realidad que se vive en los países y ver si en
realidad se está viviendo en un país con democracia
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Referencias
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· Teoría de la Democracia: el debate
contemporáneo. Patria. DF:1987, p28
·
Norberto Bobbio. El futuro de la
democracia. Fondo de Cultura Económica, DF: 1994, p.19
·
Antonio Delhumeau. México: Realidad
política de sus partidos. Instituto Mexicano de Estudios Políticos, DF: 1970,
pp. 33-34
·
Spinoza, Tratado Teológico.Político, Barcelona, RBA, 2002, p.170,
citado por Ricardo Hurtado Simo, Tres Visiones de la Democracia: Spinoza,
Rousseau y Tocqueville, A Parte Rei, Revista de Filosofía No.56 Marzo 2008.
http://serbal.pntic.mec.es/~cmunoz11/simo56.pdf
·
Rousseau, J.J. “Contrato Social”, Barcelona, RBA, 2002.
·
Tocqueville, A, “La Democracia en América”, 1, Madrid, Alianza Editorial,
2002
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