Ir al contenido principal

LEGISLACIÓN INTERNACIONAL EN MATERIA DE CABILDEO


Nombre:
Jorge Alberto Allec Maciel
Universidad:
Universidad Virtual del Estado de Guanajuato
Fecha de elaboración:
01 de octubre de 2017
Nombre del Módulo:
Dirección y negociación política
Título del trabajo:
Legislación internacional en materia de cabildeo
Nombre del Asesor:
Cuauhtémoc González Vázquez




Desarrollo

País
Legislación
Objetivos
Sujetos de aplicación
Institución creada
Candados
Sanciones

Cada una de esas columnas hace referencia a lo siguiente:

País. El cuadro describe la situación de  4 países latinoamericanos (Argentina, Chile, Colombia y Costa Rica), así como a 4 países de origen sajónico (Canadá, Escocia, Estados Unidos de América e Inglaterra).

Legislación. Esta columna corresponde al título propuesto para denominar el proyecto de ley sobre el tema.

Objetivos. Son enunciados que describen el propósito de constituir una legislación relacionada con cabildeo y tópicos afines.

Sujetos de aplicación. Representa el grupo de personas, organizaciones o entidades a quienes está dirigida la legislación citada.

Institución creada. Es la propuesta para crear una institución que administre el registro de cabilderos o de las actividades de cabildeo.

Candados. Establecen las directrices y los límites legales de acción, sobre las cuales estará permitido operar en las actividades de cabildeo.

Sanciones. Describen la penalización que será aplicada a toda aquella entidad, cuyas actividades de cabildeo se consideran ilegales.

1.    ¿Cuáles son las semejanzas entre los objetivos propuestos para los proyectos de ley en los siguientes países: Costa Rica, Chile, Colombia, Argentina?

R. La semejanza que existe entre los objetivos de los proyectos de Ley de los cuatro países mencionados es que se todos se proponen Regular la actividad de los cabilderos, en forma profesional para evitar sobornos y tráfico de influencias; es decir no existe regulación a la fecha en esta actividad que se realiza libremente por parte de cualquiera que desee hacerlo, por lo que se proponen establecer la reglas para el ejercicio del cabildeo y la gestión de intereses para preservar la capacidad decisoria del gobierno.

Además coinciden también los proyectos de las cuatro naciones en su deseo de transparentar el proceso de aprobación de las leyes en el ámbito de sus aparatos legislativos, lo que quiere decir que el proceso viene realizándose en condiciones de opacidad y consideran necesario ventilar los asuntos públicamente.

Pretenden lograrlo creando registros donde queden inscritos todos aquellos que se dediquen a cabildear y defender intereses de los grupos; lo importante es identificar a quienes desempeñan la actividad en forma profesional.



2.    En tu opinión, ¿existen diferencias substanciales entre los objetivos propuestos por los países latinoamericanos, que ya analizaste, con respecto a los países de culturas sajónicas (Canadá, Inglaterra, Escocia y Estados Unidos) en los proyectos de ley sobre el cabildeo?

R. Sí existen diferencias y muy notables. Mientras en los países latinoamericanos apenas están intentando regular la actividad de Cabildeo o defensa de los Grupos de Interés, en los países anglosajones existe regulación en algunos casos desde el siglo XIX.

Otro aspecto que destaca entre los dos grupos de países es que pareciera como si en los anglosajones estuviera controlada la corrupción, la compra descarada de votos legislativos, mientras que en los países latinoamericanos el interés es más de meter orden en esta perniciosa actividad.

Sin embargo habría que preguntarse si está exenta de corrupción una negociación política en la que se decide el voto de un congresista en un sentido determinado a cambio de un donativo abierto, “legal”, para la financiación de su próxima campaña.
Se observa que en los países anglosajones hay ya una abierta aceptación a un fenómeno que finalmente es un mercado, pues, apoyándose en el mandato representativo y la compra descarada de votos, los grupos poderosos, como el de los productores de armamento en Estados Unidos, siguen sacando los acuerdos del Congreso que necesitan para seguir haciendo jugosos negocios amparados en una supuesta democracia “libre”.


3.    Revisa la columna sobre los sujetos de aplicación de todas y cada una de las legislaciones proporcionadas y elabora una propuesta general sobre la descripción que caracterice las personas a quienes está dirigida dicha legislación.

R. Esta ley se aplicará a los siguientes sujetos: Los profesionales del cabildeo en todo el territorio nacional: personas físicas y jurídicas; nacionales y extranjeras, con o sin fines de lucro que desarrollan por sí o en representación de terceros, con la licencia respectiva, en forma profesional y debidamente inscritas ante la autoridad competente, todo tipo de actividad en defensa de intereses particulares, sectoriales o institucionales, así como funcionarios del Poder Ejecutivo: Presidente, Vicepresidente, Ministros, síndicos generales, embajadores y cónsules integrantes de organismos descentralizados de la administración pública nacional, las Fuerzas Armadas y la Policía Federal; senadores y diputados, secretarios, presidente y auditores de la Auditoría General de la Nación; consultores que necesiten reuniones con un funcionario público o en materias relacionadas con la concesión de contratos federales; consultores contratados y representantes de organizaciones sin fines de lucro; parlamentarios.


4.    ¿Por qué cambia mucho el criterio para definir el sujeto de aplicación de esta ley entre unos países y otros?

En los países latinoamericanos de los dos grupos en estudio, el criterio para seleccionar a los sujetos de aplicación de la ley, parece ser la inclusión de todos aquellos individuos que gestionan los intereses de personas o grupos como aquellos ante quienes se gestiona, en este caso funcionarios de todo tipo y legisladores, tanto diputados o senadores.
Mientras tanto, EE UU y Canadá enfocan hacia los cabilderos, en Inglaterra y Escocia lo dirigen hacia los integrantes del parlamento, hacia una cámara o hacia el conjunto del parlamento.
Seguramente los creadores de las normas que pretenden regular el Lobbying han dirigido el intento de regulación hacia donde consideran que se requiere; hacia los cabilderos en algunos países o hacia los parlamentarios en otros.

5.    Analiza los candados propuestos por Argentina y Canadá, con el propósito de efectuar una comparación acerca del alcance y pertinencia de los mismos.

R. Tanto la norma regulatoria en Canadá como el anteproyecto argentino presentan una extensa lista de candados cuya finalidad es tratar de mantener perfectamente claros los registros de los cabilderos; el registro de sus clientes; los medios utilizados; los funcionarios contactados; los intereses promovidos, así como los objetivos y alcances de las gestiones.

Argentina incluye control también de los “sujetos pasivos”, quienes deben informar de las gestiones de que hayan sido objeto, mencionando gestores, intereses, objetivos y los funcionarios. Finalmente se reglamenta quienes pueden realizar esta actividad y quienes no pueden; se supone que quienes no pueden son aquellos que tengan antecedentes judiciales; la idea es que participen sólo aquellos que sean íntegros, honestos y profesionales.

El cabildeo, en la parte que se refiere a proporcionar información que apuntale una nueva perspectiva de la ley, me parece que no es trascendente, pues dicha información, si es verídica, si refleja hechos reales y prueban puntos de vista que deberían prevalecer al expedir una ley, puede, debe y de hecho se incorpora.

El problema estriba cuando la información sólo fundamenta los beneficios o los daños que puede recibir un pequeño grupo de empresarios, contra el daño o beneficio que podría recibir la mayoría de la sociedad. ¿Es ético pedir a un legislador que vote contra una norma que favorece a la mayoría pero afecta los intereses de pequeños grupos de poderosos?



6.    ¿Consideras que las sanciones impuestas por Chile, Colombia y Argentina serán determinantes para disuadir alguna falta en el cumplimiento de la ley en cuestión? ¿Por qué?

Las sanciones son ridículas, pues las faltas que se cometen en el cabildeo son muy graves. Estamos partiendo de que un legislador o un funcionario tienen acceso a la información técnica o de otro tipo que necesita para orientar su criterio. Me parece que el objeto del cabildeo no es precisamente aportar información sino lograr que una ley se apruebe o se rechace según el interés del Grupo.

¿Qué es lo que determina que un legislador vote en el sentido que le piden los cabilderos? ¿La información que le proporcionan? No creo, lo que la realidad nos dice es que, en un altísimo porcentaje de los casos, los legisladores y funcionarios deciden porque así les conviene y porque han recibido privilegios a cambio.

Sobre todo en el caso de México, por donde quiera que se le “rasca” sale la podredumbre. Así podemos citar el Pacto por México como un caso de cabildeo donde sólo los que participaron saben qué se repartieron; lo mismo pasa con casi toda la obra pública que se hace en el país y de eso hablan Odebrecht e infinidad de denuncias que casi nunca terminan en sanciones severas contra la corrupción.

La cuestión de fondo es que el cabildeo es un procedimiento creado ex profeso para conseguir algo que antes se conseguía de otro modo. Y no hace falta mentir, esconder nada. Lo que está detrás de esta práctica es la idea de que quienes pueden y deben gobernar, de manera directa o de manera indirecta, son los poderosos dueños del dinero.

Primero se logró desconociendo los derechos delas personas distintas, luego desconociendo los derechos de los trabajadores; posteriormente,  cuando se reconocieron sus derechos políticos, lo hicieron ganándoles las elecciones a cualquier costo (todavía en nuestros días se hace) y hoy, los poderosos también se dan el lujo de perder las elecciones y no hay problema, por medio del cabildeo, se obtienen los acuerdos que “el país requiere”, siempre desde el punto de vista del desarrollo del capital.

7.    Estados Unidos de América (EUA) es el país que tiene más de 100 años en experiencia administrando procesos de cabilderos profesionales. Desde esta perspectiva, ¿piensas que las propuestas de los países latinoamericanos deberían estar alineadas al proyecto norteamericano o vinculadas a otros esquemas?, ¿por qué?

R. Por lo que se ve, el imperio norteamericano no ocupa que los países latinoamericanos ajusten su normatividad sobre cabildeo, así como están le salen las cosas a la perfección. México tampoco debería cambiar el tipo de cabildeo o sus normas, lo que debe hacer es desaparecerlo y sustituirlo por formas decentes para la elaboración de las leyes y para su aplicación.

¿Qué ocupa el imperio del norte de los gobiernos latinoamericanos y de los poderes legislativos de Latinoamérica? Que sigan abriendo espacios para que los capitales de la metrópoli se sigan desarrollando como hasta ahora. Ocupa que las materias primas, que el petróleo esté a su disposición. ¿Y qué hacen los legisladores de nuestros países? Escuchar a los cabilderos y tomar los acuerdos que les indican. Y ahí están los argumentos. No hace falta sancionar a nadie.


8.    ¿Estimas necesario crear una institución nacional que administre el cabildeo y sus procesos implicados?, ¿por qué sí o por qué no?

No hace falta pero puede crearse como otras muchas estructuras que no sirven para nada. Me parece que el Lobbying está funcionando perfectamente pues está dando los frutos que buscan quienes lo han impulsado. El Lobbying ha sido creado para garantizar que el sistema neoliberal apuntale el crecimiento del capital en esta etapa y lo está haciendo bien. Es cierto que a un sector mayoritario de la población no le va bien, pero eso no tiene que ver con el cabildeo, pues no se ha creado para cumplir esa tarea.

Si queremos perfeccionar nuestra sociedad, hacerla más justa, democratizarla, entonces sí tendríamos que modificar algunas cosas relacionadas con el Lobbying, por ejemplo habría que garantizar el derecho de todos a aportar información y a defender sus intereses en relación con las leyes de la república; los trabajadores tendrían que avanzar en su grado de organización e imponer el mandato imperativo para sus legisladores. Además habría que garantizar que nadie pueda mandar las iniciativas “a comisiones” para congelar una ley. El Lobbying no lo ocupamos para avanzar como país.

9.    En México, la propuesta sobre este proyecto de ley se ha denominado Ley para Regular el Cabildeo y la Gestión de Causas; comparado este título con los nombres de las legislaciones propuestas en otros países, ¿consideras que el nombre de esta propuesta legislativa describe el espíritu de la ley en nuestro país?

R. Considero que el nombre de Ley para Regular el Cabildeo y la Gestión de Causas es incompleto para describir el espíritu de la ley. Para definirlo completamente habría que agregar la frase “de los poderosos”, para que correspondiera plenamente con su espíritu y quedara de la siguiente manera: “Ley para Regular el Cabildeo y la Gestión de Causas de los Poderosos” pues son quienes más cabildean y con rotundo éxito; son quienes tienen verdaderos ejércitos para llevar los asuntos por donde consideran correcto.
                                             
Me parece que lo correcto sería, como señalé anteriormente, abrir espacios para defender abiertamente los intereses sin importar cuales sean éstos y mandar a la cárcel a todo aquel que done, regale, deposite discretamente o entregue recursos o favores a legisladores o funcionarios a cambio de una decisión favorable. Y desde luego debe ir a la cárcel el legislador o el funcionario que los reciba. Y quizás aun así esto no se resuelva sino hasta que los sectores mayoritarios de la sociedad encuentren otro tipo de representación política, distinta a la que tienen hoy.

10. Finalmente reflexiona y da respuesta a lo siguiente: ¿cuál debe ser el objeto de estudio en un proyecto de ley para regular el cabildeo en México?

R. Me parece que el objeto de estudio en un proyecto de ley para regular el cabildeo debe ser la relación, al parecer inexcusable, entre el cabildeo y la corrupción, tratando de determinar si es posible que exista el cabildeo sin que tenga que llegarse a corromper al funcionario o al legislador con el que pretendemos establecer el cabildeo.

Asimismo establecer las causas de la aparición de ese enlace entre el cabildeo y la corrupción. Deberá responder la investigación a preguntas como las siguientes: ¿Es posible que un cabildero, habiendo recibido una negativa de un funcionario o de un legislador, renuncie a la tentación de intentar corromperlo? ¿Cuál es el límite de los cabilderos?


Conclusión

El fenómeno que llamamos “cabildeo” es en realidad un eslabón más de la cadena de acciones que, a lo largo de la historia, han puesto en marcha las clases dominantes, siempre minoritarias, para mantener el mando de la sociedad hasta la fecha. Si bien en etapas más atrasadas de la sociedad, no se reconocían todos los derechos a los trabajadores, y por tanto, el mando de las minorías era considerado legal, con el paso del tiempo y con las luchas desplegadas por las masas trabajadoras, se fueron reconociendo todos los derechos hasta llegar al plano legal donde, por lo menos, en el papel, se reconoce la igualdad de todos los ciudadanos ante la ley, en México y muchos otros países, pero no en todos. Hay muchas naciones donde todavía hoy no se reconoce la igualdad de derechos a las mujeres.

Entonces surge un problema para las minorías poderosas: ¿Cómo seguir ostentando el mando si los pobres son muchos más y se ha reconocido que para cada ciudadano un solo voto? Bueno, pues inventaron el mandato representativo que niega a los legisladores la posibilidad de obedecer el mandato de sus electores, y les reconoce el derecho a decidir por ellos mismos el rumbo de sus decisiones en los Congresos sin que tengan que rendir cuentas ante nadie. El problema ahora no es enfrentar a la inmensa mayoría en las urnas sino únicamente corromper, comprar, a quienes, los que forman la mayoría, eligieron como sus representantes.

Esta opinión no niega la posibilidad de que todos los interesados en una ley o en un proceso administrativo puedan aportar información para apoyar sus posiciones; por el contrario, esta posición parte de la necesidad de abundar en la información de todos los actores con la intención de que la decisión del legislador o el funcionario esté plenamente documentada y la decisión lo suficientemente sustentada. Lo único es que debemos evitar que se siga viendo como “legal” el fomento de la corrupción.


Referencias

Berlín, F. (Coord.). (1998). Diccionario Universal de Términos Parlamentarios. México: Porrúa y Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. [Versión en línea]. Disponible en:

Secretaría de Gobernación. (2003). Biblioteca Jurídica Virtual. México: Unidad General de Asuntos Jurídicos [Sitio electrónico]. Disponible en:

Senado de la República. (2015). Proceso Legislativo. LXIII Legislatura. Estados Unidos Mexicanos.  Disponible en: http://www.senado.gob.mx/index.php?ver=sen&mn=1&sm=2

ROLANDO GONZÁLEZ ULLOA, DIPUTADO. PROYECTO DE LEY REGULACIÓN DEL CABILDEO EN LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA. ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA
REPÚBLICA DE COSTA RICA. 19 de noviembre 2015. https://barradeprensacom.files.wordpress.com/2016/04/proyecto-19785.pdf

MARCO ANTONIO OLANO GARCIA. REGULACIÓN DE ACTIVIDADES DE LOBBY,
CABILDEO O GESTIÓN DE INTERESES EN ARGENTINA, CHILE, COLOMBIA,
MÉXICO Y PERÚ. . INFORME DE LEGISLACIÓN COMPARADA 68/2014-2015. Lima, 10 de noviembre de 2014.
http://www2.congreso.gob.pe/sicr/cendocbib/con4_uibd.nsf/3ED65E85C258424405257E7B005AC039/$FILE/ILC68-2014-2015.pdf

¿Qué es el mandato imperativo? Representación Real Ya. http://representacionrealya.es/?p=101


Comentarios

Entradas más populares de este blog

MAPA CONCEPTUAL DEL PROCESO LEGISLATIVO DE LOS ESTADO UNIDOS MEXICANOS

Referencias -        G. Santiago, procedimientos legislativos en México atreves de su historia , Quórum legislativo -        Leyes fundamentales de México 1808-2005,24 ed., México, Porrúa 2005,1180 pp. -    Etapas del proceso legislativo 2010, universidad de Durango, recuperado de : https://derechouds.files.wordpress.com/2012/10/etapas-del-proceso-legislativo.pdf -        Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, 24 de febrero de 1017 (Constitución Política delos Estados Unidos Mexicanos. Recuperada de https://www.juridicas.unam.mx/legislacion/ordenamiento/constitucion-politica-de-los-estados-unidos-mexicanos#10594 ( Constitución publicada originalmente  en el Diario Oficial de la Federación el 5 de febrero de 1917.                                           ...

ENSAYO SOBRE LA METODOLOGÍA SSM APLICADA AL ANÁLISIS DE INSTITUCIONES POLÍTICAS Y ORGANIZACIONES PÚBLICAS

ENSAYO SOBRE LA METODOLOGÍA SSM APLICADA AL ANÁLISIS DE INSTITUCIONES POLÍTICAS Y ORGANIZACIONES PÚBLICAS Nombre del alumno: Jorge Alberto Allec Maciel Asesor: José Arturo Aguilera Oseguera Modulo: Administración estratégica y de proyectos en el ámbito público. Nombre de la evidencia: Metodología SSM aplicada al análisis de instituciones políticas y organizaciones públicas. Resumen: La metodología SSM, o Soft System Methodology, llamada también Metodología de Sistemas Blandos o MSB, es una herramienta para el análisis y la solución de problemas suaves o problemas con un alto contenido de componentes de carácter social, político y humano. Consta de siete etapas que son las siguientes: Para encontrar una solución a un problema suave, se establece la situación problema en forma no estructurada; luego, dicha situación problema, se expresa a través de una visión enriquecida utilizando imágenes y diagramas; después de realiza el nombramiento de los sistemas rel...

ANÁLISIS DE LOS ASPECTOS POSITIVOS, NEGATIVOS E INTERESANTES SOBRE LA TEORÍA POLÍTICA Y ADMINISTRATIVA CONTEMPORÁNEA

Nombre: Jorge Alberto Allec Maciel Universidad  Universidad Virtual del Estado de Guanajuato  Fecha de elaboración: 9 de octubre de 2016 Nombre del Módulo: Teoría política y administrativa contemporánea. Nombre de la Evidencia de Aprendizaje: Análisis de los aspectos positivos, negativos e interesantes sobre la teoría política y administrativa contemporánea Nombre del asesor: Yazmin Majul Zamudio Aspectos positivos de la postura en relación con la realidad nacional y/o local Aspectos negativos de la postura en relación con la realidad nacional y/o local Aspectos interesantes de la postura en relación con la realidad nacional y/o local Charles Meriam El reconocimiento de la administración pública como ciencia. La importancia que concede a los estudios de la teoría d...